Consejo de Padres

Es un órgano de participación de padres del establecimiento educativo, destinado a participar en el proceso educativo y de convivencia de sus hijos. Es un estamento plenamente constituido ante las respectivas dependencias oficiales, reglamentado por el Decreto número 1286 del 27 de Abril del 2005 que trabaja conjuntamente con la institución en pro de los proyectos y metas de la misma.

Conformación

Está conformado por dos representantes de cada uno de los cursos con los que cuenta la Institución quienes nombran su Junta directiva (debidamente organizada de acuerdo a los estatutos existentes).

Organización de Comités del Consejo de Padres

Dentro del Comité de padres se conformarán los siguientes comités:

  1. De convivencia : Es un equipo de trabajo de padres de familia que deben velar por el buen manejo de la convivencia dentro y fuera de la institución. Haciendo cumplir los deberes y derechos de la comunidad educativa incluyendo los padres de familia.
  2. De evaluación y promoción: En este participan uno o más padres, su función es contribuir mediante sus opiniones y propuestas al mejoramiento del desempeño del estudiante, dialogar con los padres de familia responsables de estos estudiantes y apoyar el trabajo de la Comisión, conforme a los acuerdos de la misma.
  3. De salud, recreación y deporte: Apoya los programas de salud buscando un bienestar en los estudiantes, contribuye en los proyectos de la institución especialmente en los encaminados a cuidar la integridad y seguridad de los estudiantes. Anima a los estudiantes a  que participen en las actividades deportivas, científicas, sociales, etc.
  4. Bogotá humana: Contribuye al manejo del comedor, enseñando a los estudiantes a comportarse y tomar los alimentos debidos para una buena alimentación. Está pendiente del buen funcionamiento el restaurante escolar. Es deber de todos los padres apoyar a este comité con respeto, responsabilidad y organización desde la formación de sus hijos.
  5. Ajustes al manual de convivencia: Actualiza y revisa las modificaciones que se
    requieren a este manual siguiendo las orientaciones emanadas desde los diferentes entes de
    acuerdo a las políticas establecidas por el MEN, la SED, la Ley de la Infancia y la Adolescencia
    y las de la misma institución provenientes de un consenso entre los diferentes estamentos de
    la comunidad educativa: padres, estudiantes y docentes; garantizando y promoviendo en todo
    momento la vivencia de los derechos humanos.

Funciones del Consejo de Padres

Son funciones del Consejo de padres:

  1. Contribuir con el rector en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de estado.
  2.  Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice la institución educativa orientada a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad.
  3. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados.
  4. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento de los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar hábitos de estudio, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia, especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño.
  5. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa.
  6. Colaborar en las actividades de promoción en salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y mejoramiento del medio ambiente.